
La Ley 075 de cese a los magistrados en ejercicio, promulgada este martes por el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, no tiene vigencia debido a que el propio Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), a través del Auto Constitucional 0041/2024, del 19 de junio, dentro de un Recurso Directo de Nulidad (RDN), declaró nulos los actos aprobados en una sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional del 7 de junio, presidida por Rodríguez.

“La Sala Plena del TCP en aplicación del artículo 147 del Código Procesal Constitucional evidencia en el trámite del presente recurso directo de nulidad, la existencia de una nulidad procesal por origen; en consecuencia, resultan nulos de pleno derecho todos los actos legislativos efectuados por la autoridad recurrida, Andrónico Rodríguez Ledezma, Presidente de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, con posterioridad a la notificación con el AC 0254/2024-CA de 6 de junio”, señala el ‘Por Tanto’ de la sentencia constitucional a la que accedió CORREO DEL SUR y que fue notificada a las partes el 20 de junio de este año
